Lo que me ha ocurrido esta mañana me ha dejado tan sorprendido que os lo quiero contar para que se sepa. En mi instituto estamos estudiando darle difusión y viendo si se puede hacer llegar a algún medio. Me ha ocurrido a mí, que como sabéis no suelo participar de muchos altercados públicos y no soy muy violento que digamos. Os lo cuento: Un grupo de cinco policías nacionales me han indicado que la calle (la acera de los pares de Alcalá, doscientos metros antes de la Consejería de Educación) estaba cortada. Un señor a mi lado ha preguntado por dónde se podía pasar y le han indicado que él sí podía pasar. Al preguntar al policía la razón por la que yo no podía seguir caminando, me ha explicado que no podía hacerse ninguna manifestación por no estar convocada, a lo que yo le he planteado que no podía ejercer yo solo un derecho que se ejerce colectivamente. Ante mi sorpresa por limitar mi libertad de circulación, argumentó que podía hacerlo conforme a la Ley 1/1992. Me he tomado la molestia de leerla (adjunto el enlace) y entiendo que me ha sido de aplicación el artículo 19 que es el que limita o restringe la libre circulación "en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia". Teniendo en cuenta que paseaba por la calle sin nadie más, sin dar gritos ni hacer reivindicaciones, sin pancartas ni trompetas y armado nada más que con ideas, concluyo que únicamente puede ser que el Cuerpo Nacional de Policía reciba órdenes de considerar que la convivencia pacífica se rompe si uno reclama que lo público sea de todos. Claro, era el insultante y subversivo mensaje de mi camiseta lo que restringe mis derechos: Educación pública: de todos, para todos.
Luis
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