CONCLUSIONES
- El horario laboral semanal oscila entre las 37 horas y media de Aragón, Canarias, Cantabria, Cataluña, Ceuta, Galicia, Madrid, Melilla y Valencia y las 35 horas semanales que trabajan los profesores en Andalucía, Asturias, Baleares, Castilla–La Mancha, Castilla y León, Extremadura, La Rioja y Navarra, pasando por las 36 y media de Murcia y las 1.462 horas en Euskadi. Esto supone una marcada diferencia en el número total de horas trabajadas anualmente por los profesores y solo dependiendo de la Comunidad Autonómica en la que se encuentren.
- Con respecto a las horas de permanencia en el centro también podemos observar diferencias horarias que van desde las 30 horas semanales en 14 Comunidades Autónomas (Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Ceuta, Euskadi, Extremadura, Galicia, Madrid, Melilla, Navarra y Valencia) hasta las 28 horas de permanencia en Castilla y León, pasando por las 28 y media de Canarias, y las 29 horas de Castilla-La Mancha, La Rioja y Murcia.
- Los períodos lectivos mínimos semanales que deben impartir los profesores son 18 períodos en la mayoría de las Comunidades Autónomas. Se dan excepciones como en Castilla–La Mancha y Madrid con 20 períodos y 19 en Cataluña. En contraposición nos encontramos en Castilla y León y Murcia con 17 períodos lectivos mínimos pudiendo llegar excepcionalmente a 20 y 19 respectivamente.
- Con respecto a las Jefaturas de Departamentos no existen diferencias significativas en los períodos lectivos dedicados a dicha jefatura, sin embargo las diferencias se hacen más patentes en las cantidades económicas que se perciben por dicho cargo que van desde 43,62 hasta los 234,76 euros.
Leer el informe completo con las reivindicaciones propuestas por UGT
Noviembre 2011
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